TC declara inconstitucional gratuidad del turno de abogados

En forma unánime, el Tribunal Constitucional acogió el requerimiento presentado por el Colegio de Abogados y resolvió declarar inconstitucional la expresión "gratuitamente" contenida en el inciso 1º del artículo 595 del Código Orgánico de Tribunales.

Así, la referida expresión quedará derogada con la publicación de la sentencia en el Diario Oficial, sin que ello produzca efecto retroactivo.

Lea el fallo del Tribunal Constitucional

Oposición de 35 Diputados (Noviembre 2008)

Recurso de Inconstitucionalidad (Octubre 2008)

Reclamación del Colegio ante la OIT

Informe del Comité Tripartito OIT ...

Noticia publicada en Dic. 2008