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Acuerdo del Consejo General sobre amenazas y ataque sufridos por abogados y jueza de Curicó - Octubre 2011
El Consejo General del Colegio de Abogados de Chile, en su sesión de 12 de Septiembre de 2011, tomó conocimiento de las amenazas y ataque sufridos por los abogados de Curicó, Sres. Enrique Labra Muñoz, Cristián Merino Rojas y la jueza del Tribunal Oral de Curicó, doña Amelia Avendaño González, adoptando el siguiente acuerdo:
 
1º) Que el abogado es un servidor de la Justicia y un colaborador de su administración, constituyendo la esencia de su deber profesional, el defender con estricto apego a las normas jurídicas y morales los derechos de su cliente, según lo reseña el artículo 1º del Código de Ética Profesional del Colegio de Abogados de Chile.
 
2º) Que el derecho a defensa implica para el abogado libertad para preparar y hacer sus alegaciones y diligencias, de acuerdo a las exigencias de la Justicia, sin trabas, limitaciones ni peligros de ser interceptado, apremiado o injuriado en su labor profesional.
 
3º) Que el Consejo General del Colegio de Abogados reitera las declaraciones que ha formulado con anterioridad, enfatizando la relevancia que tiene el derecho de cada ciudadano a la tutela judicial efectiva, en el marco de un procedimiento legítimo. Sin proceso debido no hay seguridad jurídica. Pues bien, esto necesariamente implica la absoluta independencia del Órgano jurisdiccional destinado a decidir una contienda y una libertad amplia y sin restricciones para que el letrado, exento de todo apremio, esté en condiciones de hacer efectivo los derechos de su cliente.
 
4º) Que el desarrollo de actos como los ocurridos a los abogados que han recurrido a este Consejo, afecta gravemente el cumplimiento del deber del abogado y con ello el derecho a defensa y la protección de todos los derechos que la Constitución Política reconoce, tanto más si estos hechos revisten caracteres delictuales.
 
5º) Que el Consejo General del Colegio de Abogados cumple con hacer presente, asimismo, la necesidad de que las autoridades adopten todas las medidas de prevención y seguridad que sean necesarias con el fin de impedir actos que pongan en peligro los derechos de los abogados para cumplir tan importantes tareas, con tranquilidad e independencia.
 
 
 
 
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